El reglamento de facturación establece que se debe emitir una factura cuando se entregan bienes o se prestan servicios. Sin embargo, el adelanto que como cliente se nos hace, no está relacionado con la prestación de servicios ni la entrega de bienes por nuestra parte. En realidad, se trata simplemente de un depósito, similar a una fianza inmobiliaria, que permite a sus empleados consumir servicios de terceros más adelante.
Al final del período, Cobee emitirá dos facturas. Una de ellas será por la prestación de servicios de Cobee, es decir, la comisión de servicio. La otra factura reflejará los consumos realizados por los empleados. En esta factura se incluirá el importe total que se descontará del depósito, y contendrá dos tipos de operaciones: la facturación de los servicios de Cobee (operación sujeta y no exenta) y los consumos realizados por los empleados (operación no sujeta).
Esta factura emitida al final del mes es un documento mercantil válido para nuestros clientes. Sirve como respaldo documental que justifica el registro contable correspondiente.