Puedes limitar el importe diario máximo de consumo que se puede realizar. Por defecto, no hay límite diario, ya que la plataforma tiene en cuenta el total mensual.
Marcando esta opción, se mostrará un campo de texto para que indiques la cantidad diaria máxima. Este límite no tiene en cuenta los importes, totales o parciales, que hayan sido cubiertos con fondos de Beneficio Social o de saldo acumulado.
Adicionalmente te comentamos que el límite diario del beneficio de "Comida" es algo que se puede configurar en Cobee, pero que la mayoría de nuestros clientes (incluidos nosotros mismos) tienen configurado con el límite mensual (de manera estándar en base a 20 días laborales al mes como media conservadora) y abierto de L-D.
¿Por qué? El motivo es la consulta vinculante a continuación:
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0129-19-18-01-2019-1479625
En la misma podrán comprobar que la DGT (Dirección General de Tributos) hace una equiparación de la vigilancia y control de esos aspectos con el formato de cheques físicos a la consulta que le llega. Concluye que no habría ningún tipo de sanción ni para empleador ni para empleado, y que la solución, en el utópico caso que una inspección llegase a ese nivel de detalle (el cual no nos consta a nosotros ni a ninguna de las empresas con las que nos hemos reunido -no solo nuestros clientes-), sería un requerimiento para regularizar en declaración complementaria el IRPF que dejó de tributar en la siguiente declaración de la renta.
Como pueden observar, es algo en lo que no se han metido anteriormente y no creemos que se metan a ese detalle (entendemos que por ese motivo estipulan unos límites en base a cuantías y no se piden los tickets y/o facturas como pueda pasar con gastos corporativos. De igual modo, es algo que nunca penalizará ni a empleador ni a empresa, aunque siempre dejamos claro en las sesiones informativas que el buen uso es responsabilidad de cada uno, poniendo el ejemplo de los cheques o si se pagase con la tarjeta una comida que no es del empleado (eso no será nunca controlable). Además, el contrato de novación recoge cláusulas de buena fe del empleado, con lo que también queda por escrito y firmado por el empleado.
Si tienes dudas sobre cómo descargarlo te adjunto el siguiente enlace.
Dicho todo esto, queda a su discreción, aunque sí adelantamos que el beneficio potencial de abrirlo y hacerlo más atractivo a los empleados, a día de hoy, parece mucho mayor que el potencial riesgo, que en todo caso no es tanto por cuanto no supone multa ni sanción, sino una regularización que a día de hoy no nos consta haya sucedido todavía.