El Beneficio de Renting permite a los empleados tener un vehículo por una cuota mensual que incluye seguro, mantenimiento y tasas.
Este beneficio tiene ventajas para el empleado, como:
- Una cuota más baja gracias a la negociación colectiva del precio de renting.
- No se paga impuestos sobre la cuota completa, por lo que una parte queda exenta. Solo una parte del importe del renting se debe incluir en la nómina con el concepto de IRPF; el resto es no tributable y supone un ahorro fiscal.
- El empleado no paga el IVA de la cuota de la parte no privativa en ningún concepto, lo que también supone un ahorro.
Límites y exenciones fiscales
Si utilizas el vehículo exclusivamente para trabajar, la empresa se hará cargo del coste del mismo y no se considerará como parte del salario, sino que será un gasto de empresa.
Sin embargo, si el coche se queda en tu parking en lugar de en el de la empresa, se considera un beneficio adicional (salario en especie) ya que lo utilizas para fines personales. En este caso, se realiza un cálculo para determinar cuánto tiempo utilizas el coche para trabajar y cuánto para tu uso personal.
Es importante tener en cuenta que este beneficio, conocido como salario en especie, no está exento de impuestos. A pesar de ello, no tendrás que pagar impuestos sobre el total del valor del coche. En lugar de ello, sólo se te aplicará un impuesto sobre la diferencia entre lo que es tributable y la cuota total del coche.
💡 Por ejemplo: Supongamos que la cuota de renting es de 400€, pero en la nómina solo se tributan 250€. Por lo tanto, el empleado no estaría pagando impuestos por los 150€ restantes. Esos 150€ se considerarían como cualquier otro consumo exento de Retribución Flexible, lo que significa que el trabajador se ahorraría los impuestos correspondientes a ese importe.
ℹ️ El cálculo de lo que se debe de tributar tiene en cuenta el porcentaje energético del vehículo por lo que cuanto más eficiente sea el vehículo mayor será el ahorro. |
En Navarra, los empleados deben pagar impuestos por el total de la cuota de renting, ya que no hay exención de impuestos. No obstante, los empleados pueden beneficiarse de los precios colectivos, lo que les permite alquilar productos a precios más bajos.
En el País Vasco, el coste del renting para la empresa es el mismo que el coste atribuible al empleado. Si el empleado usa el alquiler para fines privados, la cantidad que debe pagar se reduce en un 50%. Por tanto, el 50% del coste del renting estaría libre de impuestos para el trabajador.
Cómo activar el beneficio
Para activar el beneficio, simplemente, haz clic en el botón “Activar beneficio”.
Una vez que lo actives, el personal que tengas asignado a ese grupo de empleados podrá hacer uso del Beneficio de Renting y empezar a hacer solicitudes.