Con este beneficio ayudas a tus empleados a compensar ciertos gastos en ese concepto y así, poder tener mejor retribución. El beneficio permite consumir en alimentación en forma de Retribución Flexible o Beneficio Social, específicamente en establecimientos de hostelería y restauración, que puede incluir entrega a domicilio.
Límites y exenciones fiscales
Este beneficio está exento de IRPF para el empleado. Además, puede ser considerado retribución en especie, por tanto está sujeto a sus límites generales. El total de las cantidades de retribución en especie no debe superar el 30% del salario bruto anual del empleado y el salario debe ser superior al salario mínimo interprofesional (SMI).
Estos son los límites de exención fiscal que se establecen:
Régimen | Día | Mes | Año |
General | 11 EUR | N/A | N/A |
Navarra | 11 EUR | N/A | N/A |
Álava y Guipúzcoa | 11 EUR | N/A | N/A |
Vizcaya | 11 EUR | N/A | N/A |
*Se tiene en cuenta 20 días laborales al mes y 11 meses al año para el cálculo de estos límites.
Una vez superados estos límites, si tienes más dinero en entrega en tarjeta para Comida, se puede seguir haciendo uso del beneficio, sin embargo, ese importe no estará exento de IRPF.
Se puede ver más información en la consulta vinculante V1035-21.
¿Cómo puedes entregarlo a tus empleados?
1. Retribución flexible: Se descuenta del salario del empleado la cantidad total que se consume en este beneficio.
¿Cómo y dónde lo usan tus empleados?
Tus empleados solo tienen que pagar con su tarjeta Cobee en cualquier establecimiento de hostelería que acepte tarjeta VISA, tanto físicamente (como cadenas de restauración o el restaurante del barrio) como servicio online de entrega de comida (como “Glovo” o “Just Eat”).
En España la ley no permite usar este beneficio para realizar compras en supermercados.
Cómo activar y configurar el beneficio
Para activar el beneficio, sigue los pasos a continuación:
- Desde el apartado de beneficios, selecciona el beneficio de comida, luego haz clic en el botón “Activar beneficio”. El sistema te redirigirá al formulario de configuración.
- Revisa y ajusta las configuraciones de cómo quieres que funcione el beneficio. Estas son las opciones de configuración de Comida:
- Horarios de consumo
- Límite de consumo diario
- Consumir solo de Beneficio Social
- Permitir guardar el límite exento
- Haz clic en el botón “Guardar y activar” y se mostrará una ventana de confirmación.
- Una vez que lo actives, el personal que tengas asignado a ese grupo de empleados podrá hacer uso del Beneficio de Comida con la configuración que hayas establecido.
Opciones de configuración de Comida
Horarios de consumo
Es posible limitar el consumo en Comida a determinados días de la semana y a franjas horarias concretas por día. Para ello, sólo tienes que ajustar los valores de la tabla. Por defecto, están configurados todos los días de la semana y en toda su franja horaria para que se pueda usar en cualquier momento del día, y cualquier día de la semana.
Si no añades los horarios o no marcas la casilla de algún día, no se podrá hacer uso de la tarjeta ese día en concreto. Por lo tanto, si no estableces los horarios, ninguna persona podrá usar el Beneficio de Comida.
💡 ¡Recuerda!
Queda bajo la responsabilidad individual del trabajador. Si tienes más dudas,
puedes leer la consulta vinculante V0129-19.
Limitar el consumo diario
Puedes limitar el importe diario máximo de consumo que se puede realizar. Por defecto, no hay límite diario, ya que la plataforma tiene en cuenta el total mensual.
Marcando esta opción, se mostrará un campo de texto para que indiques la cantidad diaria máxima. Este límite no tiene en cuenta los importes, totales o parciales, que hayan sido cubiertos con fondos de Beneficio Social o de saldo acumulado.
Adicionalmente, te comentamos que el límite diario del beneficio de "Comida" es algo que se puede configurar en Cobee, pero que la mayoría de nuestros clientes (incluidos nosotros mismos) tienen configurado con el límite mensual (de manera estándar con base en 20 días laborales al mes como media conservadora) y abierto de L-D.
¿Por qué? El motivo es la consulta vinculante que adjunto: https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0129-19-18-01-2019-1479625
En la misma podrán comprobar que la DGT (Dirección General de Tributos) hace una equiparación de la vigilancia y control de esos aspectos con el formato de cheques físicos a la consulta que le llega. Concluye que no habría ningún tipo de sanción ni para empleador ni para empleado, y que la solución, en el utópico caso que una inspección llegase a ese nivel de detalle (el cual no nos consta a nosotros ni a ninguna de las empresas con las que nos hemos reunido -no solo nuestros clientes-), sería un requerimiento para regularizar en declaración complementaria el IRPF que dejó de tributar en la siguiente declaración de la renta.
Como pueden observar, es algo en lo que no se han metido anteriormente y no creemos que se metan a ese detalle (entendemos que por ese motivo estipulan unos límites en base a cuantías y no se piden los tickets y/o facturas como pueda pasar con gastos corporativos. De igual modo, es algo que nunca penalizará ni a empleador ni a empresa, aunque siempre dejamos claro en las sesiones informativas que el buen uso es responsabilidad de cada uno, poniendo el ejemplo de los cheques o si se pagase con la tarjeta una comida que no es del empleado (eso no será nunca controlable). Además, el contrato de novación recoge cláusulas de buena fe del empleado, con lo que también queda por escrito y firmado por el empleado.
Si tienes dudas sobre cómo descargarlo te adjunto el siguiente enlace.
Dicho todo esto, queda a su discreción, aunque sí adelantamos que el beneficio potencial de abrirlo y hacerlo más atractivo a los empleados, a día de hoy, parece mucho mayor que el potencial riesgo, que en todo caso no es tanto por cuanto no supone multa ni sanción, sino una regularización que a día de hoy no nos consta haya sucedido todavía.
🎓 Ejemplo
Una empresa ha marcado esta opción con un importe de 15€. Un trabajador de la
empresa paga un café de 2€ por la mañana, y a la hora de comer intenta pagar
un menú de 15€. Como el total gastado en el día supera los 15€, el sistema
rechazará la transacción por límite diario superado.
Consumir solo de Beneficio Social
Con esta opción limitas el consumo de Comida sólo al importe añadido que les ofreces (Beneficio Social), evitando que puedan consumir de su salario (Retribución flexible).
Para activarlo, simplemente tienes que marcar la casilla. Una vez que el empleado haya consumido todo el importe de Beneficio Social, las transacciones se rechazarán.
⚠️ ¡Importante!
Si marcas esta casilla y no entregas un importe en una bolsa (Beneficio
Social) al final de cada ciclo de nómina con el Beneficio de Comida, tus
empleados no podrán consumir el beneficio y se rechazarán las transacciones.
Permitir guardar el límite exento
Esta opción permite a tu plantilla que decida si quiere acumular el importe restante hasta llegar al límite máximo exento que no hayan consumido en el mes en curso. La acumulación de saldo puede ser de su nómina, de beneficio social o de ambas. El importe acumulado no tiene fecha de caducidad. Si has limitado el consumo a beneficio social, no se acumulará de nómina. Aquí puedes encontrar cómo funciona la acumulación de importes.
Para activarlo, simplemente marca la casilla. Una vez habilitada, los empleados podrán ver la opción de acumular en la app de Cobee, siendo ellos quienes decidan acumular o no.
El cumplimiento requisito de acumulación de cuantías corresponde al empleado y el resto a la empresa (Consultas V1848-12 y V2799-07).